DISPOSITIVA
Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas, este Tribunal de Municipio actuando en Función de Mediación, Sustentación, Juicio y Ejecución en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, , con sede en Santa Lucia, Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: De conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Articulo 49, numeral tercero (03), en concordancia con lo previsto en los Artículos 4º y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos como quedaron expuestos, en la solicitud de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana KELLY JOHANA VILLEGAS SANDOVAL, venezolana, mayor, de edad, soltera, titular de las cédulas de identidad Nº V- 26.554.889 y JOEL REINALDO MORA MORALES. venezolano, mayor de edad.....