VI
DISPOSITIVO
Con base en los anteriores razonamientos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión de fecha 06 de octubre de 2015 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en los términos que se indican en la parte motiva del presente fallo, en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por cobro de prestaciones sociales y demás beneficios laborales incoaran los ciudadanos MIRNA JOSEFINA MATA LÓPEZ y DANNY ALVARADO VILLEGAS SIVIRA en contra de la PANADERÍA Y PASTELERÍA SABRO PAN, C.A, ambos plenamente identif.....