SE DECRETA LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión emitida en fecha 09 de mayo de 2016 y publicado su texto íntegro en data 13 de junio de este mismo año, dictada por el Tribunal Segundo (2º) Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional ABSOLVIÓ a los encausados ISMAEL GERARDO LAYA GUARAMATO Y CARLOS MIGUEL LÓPEZ FEDERICO, titulares de la cédula de identidad números V-17.530.276 y V-25.847.885 respectivamente, de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificados en los artículos 458 del Código Penal; y, 5 y 6 en sus numerales 1, 1 3 y 10, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, respectivamente. Asimismo ABSOLVIÓ al ciudadano ISMAEL GERARDO LAYA GUARAMATO del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, consagrado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; y,.....