PRIMERO: Acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al contenido de los artículos 13, 280, 282 y 300 ejusdem, y 257 de la Carta Magna. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones a la representación fiscal en su oportunidad procesal legal. SEGUNDO: Acuerda la LIBERTAD INMEDIATA Y SIN RESTRICCIÓN del ciudadano FREDDY IVAN LANDAETA, venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, fecha de nacimiento 15/05/1965, titular de la cédula de identidad personal N° V-10.227.458, de 38 años de edad, de estado civil soltero, hijo de José Agustín Aranguren y Petra Irene Landaeta, y residenciado en Barrio El Nacional, Sector La Cancha, Callejón Las Flores, casa N° 13, Los Teques, Estado Miranda; de conformidad con los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 8, 9, 243 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y artíc.....