dicta el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA seguida al Joven adulto, IDENTIDAD OMITIDA. Por el Delito de posesión de sustancias estupefacientes y psicotrópicas está previsto el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cuya víctima es la sociedad todo de conformidad con lo previsto en los artículos 615 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal.