DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSIONES LOMBAR-MOLÍN C.A., contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 210-2013, DE FECHA 23-09-2013, DICTADA POR LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO "JOSÉ RAFAEL NÚÑEZ TENORIO" CON SEDE EN GUATIRE, con ocasión de la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos presentada por el ciudadano LUÍS ALFREDO MORALES ORELLANA titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.820.393 contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES LOMBAR MOLÍN, C.A. en el Expediente Administrativo signado con el Nº 030-2013-01-00362.
Se ordena la publicación del presente fallo en la página web de la Región del Estado Miranda del Tribunal Supremo.....