Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que el penado JONATHAN ENRIQUE FARRERA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° V-15.713.479, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques; un total de TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS y DIECISIETE (17) HORAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que al aludido ciudadano le falta por cumplir DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES, TRES (03) DÍAS y SIETE (07) HORAS DE PRESIDIO, por lo que la pena principal finaliza el 07/11/2007, a las 07:00 am. TERCERO: Por cuanto el penado ut supra identificado, fue condenado a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: La INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá el penado en fecha 07/11/2007; la SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, en fecha 19/01/2009; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, en fecha 07/11/2007. CUARTO: Se establece que en el caso de .....