´Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos GIOVANNI ENRRIQUE RONDON SANCHEZ, JOHAN MANUEL RONDON RAMIREZ, GIANNY MICHELL RONDON RAMIREZ y ELINER JOHANNY RONDON RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.245.186, V-22.667.714, V-19.274.788, y V-31.490.030, respectivamente, Únicos y Universales Herederos de la causante TIBISAY BRISEIDA RAMIREZ de RONDON (), quien fuese venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-8.681.560, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la prese.....