En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el ciudadano FREDDY ARMANDO BAYONA PIÑERO, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.137.367, asistido por la ABG. CARMEN DORAIMA TORRES GUARATA, INPREABOGADO Nº 52.379. SEGUNDO: Se CONFIRMA, en los términos que fue analizada la decisión dictada en fecha 14NOV2013 y fundamentada en fecha 19DIC2013, por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional acordó NEGAR al solicitante FREDDY ARMANDO BAYONA PIÑERO, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.137.367, la ENTREGA DEL VEHICULO de las.....