Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARAR CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el abogado HECTOR VILLEGAS, actuando con la cualidad de defensor público del imputado LARES RODRIGUEZ JOSE RAMON, ya identificado, en el cual se encuentra incurso en la causa penal signada con el N° 4C-3711-07, llevada por ante este órgano jurisdiccional, y a tal efecto ACUERDA EXTENDERLE LA OBLIGACION DE PRESENTARSE ANTE LA SEDE DE ESTE DESPACHO, DE OCHO (08) DIAS A CADA TREINTA (30) DIAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 264 Ejusdem. Regístrese, publíquese y notifíquese al penado la presente decisión.
LA JUEZ