DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Decaimiento de la medida de coerción personal presentada por la Defensora del ciudadano KENNY GILBERTO DÍAZ CARRASQUEL, INDOCUMENTADO, ello en virtud de considerar que se mantienen incólumes las circunstancias que dieron génesis a la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en fecha 11 de Septiembre de 2009, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 3 numerales 6,12 y 16 de la ley Contra El Secuestro y la extorsión, ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionados en los artículos 6 numerales 5, 8, 12 en concordancia con los parágrafos 2, 3, 16, 17 de la.....