SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 150 del Decreto con Fuerza de Ley de Transito y Transporte Terrestre Vigente, se ordena la citación de la parte demandada COMPAÑÍA ANÓNIMA SEGUROS CATATUMBO, originalmente inscrita por ante el Registro de Comercio que llevó la Secretaría del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 22 de marzo de 1957, bajo el N° 119, Tomo 1, reformada totalmente su Acta Constitutiva y Estatutos, según consta de Acta de Asamblea inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 27 de mayo de 1981, bajo el N° 54, Tomo 12-A, y reformados parcialmente, según consta de Acta