ACUERDA la REDENCION DE LA PENA que le falta por cumplir al penado BOADA LINARES JOSE FELIPE, titular de la Cédula de Identidad N°V-5.978.627, por un tiempo igual a CINCO (05) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS, de conformidad con los artículos 479 ordinal 1° y 508 , ambos del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio