IV
DISPOSITIVO
En base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: : CON LUGAR la apelación, interpuesta por la parte demandada en contra del auto de fecha 22 de junio de 2015, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Miranda . SEGUNDO: SE REVOCA, el auto apelado. TERCERO: SE REPONE, la causa al estado en que el Juez a quo, proceda en definitiva conforme a las experticias consignada a los autos a emitir pronunciamiento debidamente motivado y fijar definitivamente la estimación de lo condenado, en los términos establecidos en la sentencia CUARTO: no hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la present.....