emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PUBLICA PENAL - EN TAL SENTIDO SE SUSTITITUYE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, por el remanente del tiempo que debía cumplir el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, por la medida socio educativa de LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo establecido en los artículos 622, 647 Literal "A" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 626 eiusdem, quien fue sancionado por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, LESIONES MENOS GRAVES y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos en relación con los artículos 83, 218, 413 y 277 todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: GONZALEZ ROJAS LUIS ANGEL, FERNANDEZ RODRIGUEZ JOSE MARIA y BALAGUERA CRISTO IRMAIN. SEGUNDO: Las partes quedaron debidamente notificadas de lo acordad.....