...INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la causa incoada por los apoderados Judiciales de la Empresa CASTELO BRANCO INDUSTRIAL C.A., inscrita en el Registro Primero Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el Nº 101, Tomo 90-A de fecha 18 de agosto de 1978., abogados JUAN PÉREZ APARICIO y ELLUS SERRA LUNA titulares de las cédulas de Identidad Nºs 4.667.515 y 4.715.020 e inscritos en el Inpreabogado Nºs 18.283 y 22098 respectivamente, contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº 84 de fecha 9 de mayo de 1990, emanado de la Comisión Tripartita Laboral de Segunda Instancia en el Distrito Federal y Estado Miranda.
SEGUNDO: Ordena remitir el expediente a la Unidad de Distribución y Recepción de Documentos (U.R.D.D.) de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, a los fines de su distribución por ante los Tribunales de Juicio.