DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de pasivos laborales interpuesto por los ciudadanos JORGE CASTELLANO, LUIS PIAMO, FLOWER ORDOÑEZ, RAFAEL PAGUA, JOSE TAMAYO Y JOJHAN BENAVENTA en consecuencia se condena a la entidad de trabajo IZCARAGUA COUNTRY CLUB, A.C., todos identificados a los autos al pago de los conceptos correspondiente a diferencia de salario, bonificación de fin de año, vacaciones, bono vacacional, bono de asistencia, bono subsidio de alimentación, bonos cumpleaños, garantías prestaciones, e intereses prestaciones en los términos conforme a los monto.....