Por lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se establece que el penado HERNÁNDEZ CARO JESÚS ALBERTO, títular de la cédula de identidad Nº V- 11.556.958, quien fue condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículo 460 y 278, ambos del Código Penal y estuvo privado de su libertad por CUATRO (04) AÑOS OCHO (08) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, más el tiempo en el cual el penado ha cumplido con la Fórmula alternativa de Cumplimiento de Penal, que es de TRES (03) MESES Y VEINTE (20) DÍAS, más el tiempo redimido en esta misma fecha que es de UN (01) AÑO SEIS (06) DÍAS Y.....