SUSTITUYE POR CAUCIÓN JURATORIA la medida cautelar sustitutiva contemplada en el Artículo 256 ordinal 8° eiusdem, otorgándole al imputado Imputado ENGELBERTH ALEXANDER MARTINEZ SILVA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.868.426, la Medida Cautelar contenida en el Artículo 259, vale decir, Caución Juratoria, vista la imposibilidad manifiesta de presentar fiadores, con el compromiso del imputado de someterse al proceso, no obstaculizar la investigación y abstenerse de cometer nuevos delitos, con la obligación de presentarse periódicamente ante el Tribunal.