DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la defensora del ciudadano COLINA SOTO JONATHAN ANTONIO, por haber cumplido satisfactoriamente con sus presentaciones, es decir, cada ocho (08) días por el lapso de seis (06) meses desde su individualización sin que el Ministerio Público aún haya presentado su acto conclusivo en relación con lo previsto en el artículo 313 ejusdem,; En Consecuencia se acuerda EL CESE DE LAS PRESENTACIONES Y EL CIERRE DEL RESPECTIVO FOLIO DEL LIBRO DE PRESENTACIONES. Y ASI SE DECLARA. Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes y déjese constancia en el Libro Diario de la presente Decisión