Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA EL BENEFICIO DE PRELIBERTAD, LIBERTAD CONDICIONAL al penado: GONZALEZ VASQUEZ RICHARD JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° 13.109.041, por incumplimiento de los requisitos de procedibilidad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 501, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, y quien deberá mantenerse bajo la medida de pre-libertad en que se encuentra como lo es DESTACAMENTO DE TRABAJO.-