DECLARA CON LUGAR LA REVISIÓN DE MEDIDA solicitada por el Abogado en ejercicio WILMER MELENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.554, actuando con el carácter de Defensor privado del adolescente procesado de autos IDENTIDAD OMITIDA y como corolario de ello se SUSTITUYE LA MEDIDA PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD impuesta en su oportunidad procesal al encausado de autos, imponiéndose en su lugar las MEDIDAS CAUTELARES contenidas en el artículo 582 literales "C", "D" y "G" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, lo que comporta las presentaciones ante esta instancia judicial con una periodicidad de cada OCHO (08) días, la presentación de caución económica consistente en DOS FIADORES que devenguen como ingresos mensuales la cantidad equivalente a SESENTA (60) UNIDADES TRIBUTARIAS cada uno, y la prohibición de salir del Área Metropolitana de Caracas y Estado Miranda, actuando este Despacho conforme a lo establecido en el artículo 581 y 582 ambos de la.....