DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley y por estar ajustada a derecho la petición de la demandante DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YOSSELYN JOSEFINA MATOS ATENCIO, en contra la Sociedad Mercantil PESTANA ABREU Y CIA C.A ambas partes plenamente identificadas a los autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada cancelar a la ciudadana YOSSELYN MATOS ATENCIO, todos los conceptos señalados por el demandante en su escrito libelar. Así se decide
TERCERO: Se ordena la realización de una experticia del fallo, a los fines de cuantificar, los siguientes conceptos de prestación de antigüedad, vacaciones años 2009 al 2012, bono vacacional 2009- 2012, utilidades 2010-20.....