De esta manera, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, da por aclarada la sentencia dictada en fecha 29 de enero de 2015, y se considera la presente decisión como parte integrante de la referida sentencia. Así se deja establecido.
Se ordena dejar copia certificada en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, a los cinco (05) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA
Dra. MILAGROS HERNÁNDEZ CABELLO.
LA SECRETARIA.
Nota: En la misma fecha siendo las 03:00 p.m., se publicó y se registró la anterior aclaratoria previa las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA.
Expediente N° 978-14.
MHC/CV.