Este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: ESTE TRIBUNAL SE DECLARA COMPETENTE para el conocimiento, sustanciación y emitir decisión de la presente acción judicial de Recurso por Vía de Hecho.
SEGUNDO: ESTE TRIBUNAL DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Vías de Hecho interpuesto por el ciudadano Edinzon Caballero González, titular de la cédula de identidad N° V-14.784.437, asistido por la abogada Belkys Josefina Rodríguez Guerrero, titular de la cédula de identidad N° V-9.270.214, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 310.599, contra la Resolución N° 006-2022, y subsiguiente Resolución N° 011-2022, de fecha 9 de Septiembre de 2022 y 31 de Octubre de 2022, sustanciado por la División de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.