CON LUGAR la solicitud de divorcio intentada por la ciudadana ASHBY IROSCANI LAGUNA PASOS, titular de la cédula de Identidad Nº V-22.668.055 contra del ciudadano RONALD ALEXANDER VALERA OROPEZA, titular de la cedula de identidad Nº V-20.958.758, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en la Sentencia 1070 SCTSJ. Y en consecuencia, DISUELTO el vínculo conyugal que los unía, contraído en fecha en fecha 06 de agosto de 2014, ante el Registro Civil de la Parroquia Charallave del Municipio Cristóbal Rojas, según se evidencia en el Acta de Matrimonio Nº 243, del libro correspondiente al año 2014.