En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario de Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: PABLO JAVIER MATUTE DIAZ y NOHEMI ESTHER CANDANOZA MANJARRES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-15.473.000 y V.-17.706.591, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO