emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA NO MODIFICAR NI SUSTITUIR LAS MEDIDAS de LIBERTAD ASISTIDA, IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIOS COMUNITARIOS - IMPUESTAS al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado por la comisión los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 con los agravantes del artículo 6 numerales 1,2,3,5, y 10 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD previsto en el artículo 175 concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de l a ciudadana AGUILAR MORENO MORELBA M, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 Literal "A" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Las partes quedaron debidamente notificadas de lo acordado en la audiencia de vigilancia y control de la sanción, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.