DISPOSITIVO
En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Betty Torres Diaz, ya identificado, en su carácter de apoderada judicial del INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (I.F.E.). SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 28 de mayo de 2013, dictada por Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave. TERCERO: SE ANULA el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 00172, de fecha 18 de julio de 2011, contenida en el expediente Nº 017-2011-01-00095, dictada por la Inspectoría del Trabajo en los Valles del Tuy, Estado Bolivariano de Miranda. CUARTO: No hay condenatoria en costas,.....