DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano SANTOS BAUTISTA LARES, titular de la cédula de identidad Nro. 6.380.845, asistido por el abogado ERIK J. NAVAS ALGARIN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 204.361, contra la Providencia Administrativa Nro. 060-2017de fecha 14-03-2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" con sede en Guatire.