declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos MIRIAM JOSEFINA MARQUEZ DE CASTILLO y LUIS RAFAEL CASTILLO DOMMAR, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha nueve (09) de julio del año Mil Novecientos Noventa y Tres (1.993), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, la cual se anexa en Copia Certificada expedida por el Registrador Civil de Personas y Electoral de la Alcaldía del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha dieciocho (18) de mayo de 2009, inserta en el libro de matrimonios llevado durante el año 1993, y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y agregar la nota marginal en la referida acta.
Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecid.....