ORDENA EJECUTAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO FIANZA, de conformidad con lo establecido en el 582 Literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en tal sentido ACUERDA LA INMEDIATA LIBERTAD del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio de la COLECTIVIDAD. Líbrese boleta de egreso, a nombre del referido adolescente, dirigida al Comandante Nacional Guardia del Pueblo, Regimiento Miranda Destacamento Este, Primera Compañía, Higuerote.