DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se homologa el desistimiento del procedimiento formulado por el ciudadano ALEXANDER RAMON GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-11.926.198 de conformidad con lo tipificado en el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por DIFERENCIA SALARIAL incoaran los ciudadanos JOSTEEN BRYAN CONTRERAS DURAN, LUIS JOSE MACHADO FLORES, PEDRO ANTONIO CONTRERAS RINCON, ALFONSO RAFAEL ESCALANTE AVILA, ASDRUBAL RAFAEL SOSA YANEZ y RICARDO DAVID PRIETO ACEVEDO, titulares de la Cedula de Identidad Nº V- 17.921.897, 17.919.469, 4.630.540, 6.277.807, 13.568.581 y 29.583.219 respectivamente en contra la entidad de trabajo BUENA VENTURA VISTA DORADA,.....