este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, suscrita entre la ciudadana GLADYS CECILIA HOYOS RAMIREZ y la demandada INNOVACIONES JAPONESA C.A. (INJACA). Ambas partes suficientemente identificadas en autos, a la cual se le confiere efecto de cosa juzgada, única y exclusivamente en cuanto a lo solicitado en el libelo de demandada. SEGUNDO: Este Juzgado ordena expedir por secretaria copias certificadas del 1) libelo de demanda. 2) auto de admisión, 3) de la presente transacción, 4) del auto de homologue la señalada transacción y 5) auto que acuerde el cierre y archivo del presente expediente. Todo ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Pr.....