Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: REVOCA La Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad y en su lugar acuerda la CAPTURA del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad V-17.650.489, venezolano, natural del Estado Vargas, donde nació en fecha 03-06-85, de 17 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Roraima Beltrán y de Manuel Jímenez, de profesión u oficio indefinido, residenciado en: Calle Galíndez, Casa Nº 49, Sector Caja de Agua, Guatire ¿ Estado Miranda; por encontrarse incurso en la comisión del delito de: ROBO GENERICO, previsto en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: FERREIRA DA SILVA MARCELO JOSE, se acuerda en consecuencia expedir boleta de ingreso correspondiente a nombre del referido imputado, dirigida al Jefe de la Policía del Instituto Autónomo del Estado Miranda, Región Policial Nº 6, para que el mismo sea capt.....