...DECLARA LA SEPARACION DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos: ELIEZER RAMON LOPEZ CUBIRO y YARLIN EVELIN CEPEDA CHACON, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, de este domicilio, portadores de las cédula de identidad Nos. V-20.768.259 y V-16.496.987, respectivamente, establecido en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 188 y 189 del Código Civil. Expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines de su registro al Registro Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, de conformidad con el artículo 3, ordinal 4º de la Ley Orgánica de Registro Civil.