Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por los ciudadanos MARÍA ENGRACIA BARRIENTOS de BRICEÑO y LUIS ARGENIS BRICEÑO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.272.964 y V-10.397.185, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veinticuatro (24) de agosto de 2012, por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, tal y como consta en la copia certificada del acta de matrimonio que riela bajo el Nº 164, Tomo II, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante el .....