DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otras acreencias laborales, incoaran los ciudadanos JOSÉ ALBERTO LARA, JOSÉ LUIS DURAN QUINTERO y LUIS RODOLFO LANAKOER SILVA, en contra de la sociedad mercantil INGENIERÍA Y PROYECTOS ENRIQUE TABOADA, C.A. (INGPROYET, C.A.), todos ellos plenamente identificados supra, por lo que se condena a la accionada al pago de los montos por los conceptos laborales correspondientes a: diferencia de prestación de antigüedad, la indemnización establecida en el artículo 92 del vigente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajado.....