...ESÚS ENRIQUE AQUILERA RONDON; personalmente o a través de sus apoderados judiciales, abogados JUAN CARLOS RODRIGUEZ GOMEZ o MARCO ANTONIO ROMAN AMORETTI, corrija los defectos u omisiones arriba indicados.- Por último, y con vista de esta actuación y la necesidad de la subsanación; en aplicación de la sentencia supra transcrita, esta Juzgadora se acoge, excepcionalmente, a la previsión sobre el diferimiento contemplado en los artículos 158 y 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y, en tal sentido, difiere por una sola vez la decisión que habrá de dictar, la cual se producirá dentro de los cinco días hábiles siguientes al de hoy, cuando precluye el fijado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para sentenciar; siempre y cuando curse de autos la subsanación requerida.