Bajo este hilo argumentativo, de orden legal y jurisprudencial, con fundamento al análisis de marras realizado por esta Juzgadora, por una parte visto que la parte Recurrente como se indicó supra, fundamentó la solicitud de la medida cautelar en los mismos términos en los cuales sustentó el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, mal podría en esta fase del proceso pronunciarse sobre lo delatado por la Recurrente en su escrito recursivo, lo cual fue empleado de igual manera para solicitar la medida cautelar, ya que de acordarse la misma, se estaría analizando el fondo del acto administrativo recurrido, y por la otra, en cuanto a la carga procesal que tiene la Recurrente en demostrar que los presupuestos fácticos o de hecho se subsumen dentro de los presupuestos de derecho en cuanto a los requisitos de las medidas cautelares sobre los cuales sustenta su petición; de modo que el Juzgador pueda verificar la procedencia y posterior otorgamiento de la medida cautelar de .....