Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el acuerdo transaccional laboral celebrado por las partes antes identificadas, con respecto a todos los conceptos demandados en el presente juicio y cancelados al trabajador señalados anteriormente, de conformidad con lo establecido el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia con el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.