este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos YDAMIS TERESA CARRERA de HERNÁNDEZ, FÉLIX GILBERTH HERNÁNDEZ CARRERA, IRAMIS ALEJANDRA HERNÁNDEZ CARRERA y JORGE FÉLIX HERNÁNDEZ CARRERA, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad NROS 3.339.418, 12.685.231, 14.299.856 y 16.082.855, en su orden, con el carácter de causahabientes, quienes son esposa e hijos del causante, ciudadano FÉLIX GILBER HERNÁNDEZ PATIÑO, quien en vida eran de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro 2.920.761