...SE ADMITE cuanto ha lugar en Derecho y se emplaza a la parte para el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, que tendrá lugar en este Despacho, pasados como sean CUARENTA Y CINCO (45) días siguientes, después de la constancia en autos de haberse practicado la citación de la parte demandada ciudadana MONICA VILLEGAS ALFONSO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.231.800, a las 10:00 a.m., más un (1) día de término de distancia, al cual las partes deberán comparecer personalmente y podrán hacerse acompañar de parientes o amigos en número no mayor de dos (2) por cada parte; asimismo se le advierte que de no lograrse la reconciliación en este acto, quedarán las partes emplazadas para un SEGUNDO acto similar al anterior, pasados como sean (45) días siguientes al primer acto conciliatorio, a la misma hora y con los requisitos ya exigidos. Y en caso de insistencia del demandante en continuar el juicio, quedarán las partes emplazadas para el QUINTO día de despacho.....