.....DECLARA CON LUGAR, la solicitud de la defensa y en consecuencia DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, seguidas a adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha, en perjuicio de la FARMACIA GRAN CARACAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en correspondencia con lo establecido en los artículos 1, 8, 9 10, 12 y 314, todos del Código Orgánico Procesal Penal, y como efecto de ello el CESE inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, y la condición de imputado....