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PRIMERO: Este Juzgado visto el escrito presentado, en fecha 29 de enero de 2013, por el Fiscal Decimo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con competencia en régimen penitenciario y ejecución de sentencias, en el cual solicita la reforma del computo dictado en fecha 4 de enero de 2013, en la causa seguida al ciudadano Contreras Blanco Luis Gregorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha del hecho, en relación con la disposición final Quinta del Código Orgánico Procesal Penal vigente, procede a reformar el computo dictado en fecha 4 de enero de 2013, en los siguientes términos: Se establece que el penado LUIS GREGORIO CONTRERAS BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V-22.295.149, ha cumplido de la pena impuesta por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de éste Circuito Judicial Penal y sede; un total de (2) AÑOS, UN (1) MES Y DOS (2) DIAS. SE.....