En virtud los razonamientos anteriormente expuestos y por cuanto a este Tribunal no le ha sido lograr la comparecencia del imputado que hoy nos ocupa y no ha dado cumplimiento a la medida cautelar impuesta por este Tribunal, demostrando con ello su poco interés de incorporarse a la sociedad activamente y de asumir la responsabilidad que conlleva verse involucrado en la presunta comisión hechos punibles y a los fines de darle al presente caso, una