...ACUERDA DECLARAR CON LUGAR la solicitud interpuesta por el ciudadano HUMBERTO CABALLERO, abogado en ejercicio, en su carácter de defensor del ciudadano ALFONSO MANUEL LOBO GUARATE, titular de la Cédula de Identidad N° 6.441. 961, sustituyendo la medida privativa de libertad impuesta a su defendido, por las medidas cautelares contenidas en los ordinales 8° y 9° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que para salir en libertad deberá presentar dos (02) fiadores que entre ambos posean ingresos mensuales iguales a CINCUENTA (50) unidades tributarias, quienes deberan consignar constancia de ingresos o trabajo de la que se desprenda su capacidad económica y constancia de residencia expedida por la primera autoridad civil del lugar de su domicilio y una vez en libertad debera el acusado acudir a los médicos especialistas señalados, a los fines de que le sea suministrado el tratamiento que requiere, debiendo consignar ante este Tribunal dentro de los cinco (05) d.....