...En este estado, la apoderada judicial del demandante recibe los dos efectos cambiarios; y deja expresamente establecido, que nada más tiene que reclamar a la demandada por ninguno de los conceptos que conforman el texto libelar, ni por la relación laboral entre su representado y la accionada LIRKA INGENIERIA, C.A., en razón de lo cual solicita del Tribunal ordene el cierre y archivo de este expediente.- En este estado, el Tribunal vista las actuaciones de la presente causa, ordena primariamente, librar oficio a la Alcaldía del Municipio Autónomo Guaicaipuro, a los fines de dejar sin efecto el embargo decretado; y una vez conste de autos la recepción del oficio por parte de dicho organismo, ordenará la remisión del expediente al archivo judicial.