DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por los ciudadanos FRANCISCO VERDE MATVAL y HERBERLY CARROZ RONDON, abogados inscritos en el IPSA bajo los Nos: 64.573 y 199.13, respectivamente, en sus caracteres de apoderado judiciales de la entidad de trabajo CREMA PARAISO, S.A, parte recurrente en la presente causa, de la Providencia Administrativa Nro. 0186-2018 dictada, en fecha 05 de diciembre de 2018, por la Inspectoria del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" con sede en Guatire, mediante la cual declaró con lugar el procedimiento que por Reenganche y Restitución de Derechos, fue interpuesto por el ciudadano JOSE IG.....