DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensa pública, referida al decaimiento de las medidas cautelares sustitutivas que le fueran impuestas a su defendida; y ACUERDA MANTENER las medidas cautelares sustitutivas que le fueran impuestas al acusado GREGORI DAMIÁN RUIZ LOZANO, titular de la Cédula de Identidad Número 19.954.530, por el Tribunal Segundo de Control en fecha 20 de abril de 2006; previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo conforme con lo previsto en los artículos 243, 244, 250 y 256, todos del Código Orgánico Procesal Penal.